Hace más de 7 años se crearon en el país los Municipios, constituidos como gobierno local en el territorio. La Ley Nº 19.272 de Descentralización Política y Participación Ciudadana da marco jurídico general al proceso, y en Montevideo, decretos y resoluciones departamentales reglamentan el modo de funcionamiento de los ocho municipios, y especifican sus cometidos, competencias y atribuciones.
Veamos entonces, en lo relativo a la Movilidad en Bici que se plasmó y que se concretó en los Planes de Desarrollo Muncipial 2015-2020 en los diferentes municipios de Montevideo.
Ante las recientes declaraciones levantadas por El Observador, respecto a lo que dijera Graciela Villar: el Frente Amplio “no puede permitir” que haya “deliveries con tracción a sangre”, volviendo a poner el tema sobre el tapete, me surgen en lo personal algunas preguntas, pero principalmente me invade la preocupación de si la clase política, en este caso representada por Villar, hace una reflexión del tema con la profundidad, la empatía y el entendimiento que amerita.
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